este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena que le fue impuesta mediante sentencia definitivamente firme al ciudadano ALEJANDRO VILLAMIZAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de DOS (02) AÑOS, DOS (02) MESES Y DIECIOCHO (18) DÍAS CON 12 HORAS cumpliendo en definitiva la pena impuesta el 02-01-2008 A LAS 12 HORAS.