declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público y se DECRETA LA DESESTIMACION DE LA DENUNCIA interpuesta por el ciudadano MARLON JOSE SANCHEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-12.163.836, por considerar que los hechos narrados por el prenombrado ciudadano pudiera encuadrarse en el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 175 del Código Penal, cuyo enjuiciamiento procede solo por acusación de la parte agraviada o de sus representantes legales, de conformidad con el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal.