Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO CUARTO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA,, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos, ANA TRINIDAD LEAL RODRIGUEZ, WILDER CORNELIO LEAL RODRIGUEZ, ANA YUDEIRE LEAL GARCIA, y YOZAIRA NATALIA LEAL RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.242.640, V-9.221.935, V-15.990.042, y V-10.175.543, domiciliados en San Cristóbal, Estado Táchira, contra los ciudadanos, ELY LUZ BARON y JHOAN PAUL LEAL BARON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.033.674 y V-19.502.432, domiciliados en San Cristóbal, Estado Táchira, por PARTICION DE COMUNIDAD SUCESORAL.
SEGUNDO: Una vez firme la presente sentencia.....