En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra los ciudadanos RICARDO JOSÉ GÓMEZ CRUZCO, titular de la Cédula de Identidad N° 13.373.488, JOSÉ ROBERTO CRUZCO, titular de la Cédula de Identidad N° 17.922.035, JOSÉ DOMINGO CRUZCO, titular de la Cédula de Identidad N° 6.088.790 y BELFRANCE RADAMES HERNÁNDEZ BAPTISTA, titular de la Cédula de Identidad N° 12.835.708, de conformidad con el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por prescripción de la acción penal.