Este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley conforme a los artículo 2 y 26 Constitucional y 12 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDO por parte del ciudadano OTO DE JESUS MENDEZ ACUÑA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.730.520, EL CONTENIDO Y LA FIRMA DEL DOCUMENTO PRIVADO DE OBRA, que aparece inserto del folio 06 de la Solicitud, de conformidad con lo previsto en el artículo 1364 del Código Civil, en tal virtud, se acuerda el Desglose del Documento Privado junto con copia certificada de la presente decisión