DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la Ciudadana ROSARIO PEÑALOZA DELGADO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 17.208.101, contra la Empresa REPRESENTACIONES VENTAS Y SUMINISTROS, C.A, representada por el ciudadano ALEJO ROJAS SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° 14.806.484, por lo que se condena a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad total de TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON DIEZ CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 13.688,10).