NIEGA la solicitud interpuesta por los Defensores Privado Drs. Carlos Guaita, Igor Martínez y Rosalía Ceballos, en su carácter de defensores de los imputados Ronald Betancourt y Alí Ceballos, en el sentido que se les imponga una medida cautelar menos gravosa contemplada en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que la concesión de la misma, es insuficiente para garantizar las resultas del proceso, de conformidad con lo establecido en los artículos 243, 244, 250 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.