Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARIE BOLÍVAR VIUR, en su carácter de defensora publica del acusado CARLOS ALBERTO BENÍTEZ RODRIGUEZ, ello por considerar que el fallo recurrido no se encuentra motivado, de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, se acuerda declarar la NULIDAD ABSOLUTA de la sentencia publicada en fecha 22/07/2009, por el Juzgado Tercero de Juicio Circunscripcional,en la que condeno al ciudadano CARLOS ALBERTO BENÍTEZ RODRIGUEZ a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1º, en concordancia con el artículo 424 ambos del Código Penal y a las penas accesoria contenida en el artículo 16 ejusdem, así como las audiencias orales celebradas los días 17/04/2009, 29/04/2009, 14/05/2009, 22/05.....