ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Declara INTERRUMPIDO el debate, en consecuencia DECRETA la NULIDAD de las actas levantadas con motivo del inicio del Juicio Oral, de fechas 28/08/2013, 04/09/2013, 26/09/2013, 10/10/2013, 15/10/2013, 21/10/2013, 22/10/2013, 31/10/2013, 18/11/2013, 27/11/2013, 09/12/2013, 12/12/2013.
SEGUNDO: SE FIJA el día MIERCOLES 08/01/2013, A LAS 11:00 A.M, para la realización del presente juicio. Notifíquese a las partes. Regístrese, déjese copia, y notifíquese a las partes de la presente decisión. Ofíciese al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira a fin de solicitarle su intermediación para que se materialice el traslado del acusado de autos. Líbrese la Boleta de Traslado al Centro Penitenciario de Uribana.