Por la motivación que antecede este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Sin Lugar, la querella Funcionarial interpuesta por el ciudadano Nelson Rangel Peña, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.177.638 representado por el abogado Juan Carlos Cardozo Araque, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 89.793, contra el Instituto Autónomo de Policía del estado Táchira. En consecuencia:
Primero: Se declara la validez de la Providencia Administrativa, dictada en el expediente administrativo N° OCAP-P/D 023-2013, de fecha 25 de octubre de 2013, emanada de la Dirección General del Cuerpo de Policía del Instituto Autónomo de Policía del Estado Táchira, que impuso sanción disciplinaria de Destitución del Cargo.
Segundo: Se declara sin lugar la querella interpuesta por el ciudad.....