El Juzgado segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declaro
REPONER LA CAUSA al estado en que se encontraba para el 07-08-2019; quedando anuladas las actuaciones procesales discurridas a partir del folio 209 hasta el folio 213, ambos inclusive, manteniéndose incólumes las actuaciones procesales restantes. Así se decide.