DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por haber operado la Extinción de la Acción Penal, a causa de la muerte de este imputado en fecha 14/05/2005 según Copia de Certificado de Defunción expedida por la Medicatura Forense del CICIP de la Delegación Vargas, decisión conforme a los artículos 561 literal d) de la LOPNA, en concordancia con el 318 numeral 3ro. y 48 numeral 1ro. ambos del COPP por remisión del 537 de la LOPNA.