DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos ciudadano HUGO EDUARDO HENRIQUEZ ROA y OLGA MAGALY ANGOLA DE HENRIQUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-3.794.085 y V-4.111.164, respectivamente, contra la ciudadana FATIMA CAROLINA MORENO DE MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.235.592 y de este domicilio, en consecuencia se condena a la parte demandada a:
ÚNICO: hacer entrega a la parte demandante del bien inmueble consistente en un apartamento signado bajo el N° 5-1, piso 5, ubicado en Residencias Altamira, Urbanización Juan de Maldonado, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, tal y como lo recibió al inicio de la relación arrendaticia.
Por cuanto no hubo vencimiento total no hay condenatoria en costas.