es por lo que ésta Jueza Unipersonal Nro. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal del Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud y en consecuencia AUTORIZA amplia y suficientemente al adolescente: (Nombre omitido por disposición del artículo 65, parágrafo primero de la Lopna), hijo de los ciudadanos: MARCO TULIO LIZARAZO VILLAMIZAR y MARÍA ROSA ZAMBRANO DE LIZARAZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-23.130.554 y V.-10.172.380 respectivamente, para que viaje en compañía y bajo la representación del ciudadano: RAMÓN ECHENAUSI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-7.599.892 en su carácter de Director de la Fundación Atlética San Cristóbal, a la ciudad de Olavaria, Provincia de Buenos Aires en la República Argentina, con fines de participar.....