decreta EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con los artículos 280 y último aparte del articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y la LIBERTAD INMEDIATA de los ciudadanos VICTORIANO GUZMAN CASTRO, de nacionalidad venezolano, natural de la Guaira, nacido en fecha 06-12-63, de 42 años de edad, estado civil Soltero profesión u oficio comerciante, hijo de Víctor Guzmán, (f) y Sofía Castro de Guzmán (v), titular de la Cedula de Identidad N° 24.318.800 y residenciado en: Av. Principal el cementerio, Edif.. la corteza, piso 3, Apto. 7 Teléfono 0212-6312469 Caracas; y el ciudadano HENRY NICOLAS RAMIREZ CALLE, de nacionalidad Peruano, natural de la Perú, nacido en fecha 09-10-75, de 31 años de edad, estado civil Soltero profesión u oficio comerciante, hijo de Henry Ramírez, (v) y Alejandra Calle (v), titular de la Cedula de Identidad N° 3.147.038 y residenciado en: Av. Roosveltt, casa N° 73, el cementerio Caracas, y ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía .....