DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común presentado por los ciudadanos LILIA MARITZA TORRES DE CARDENAS Y VICTOR MANUEL CARDENAS TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V- 6.286.388 y V- 10.156.135, asistidos por la abogado YANETH MARLYN RODRIGUEZ BERBESI, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 105.022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos, en fecha 11 de Marzo de 1994, mediante acta N° 50, levantada por ante el Registro Civil del Municipio Cárdenas, Parroquia Táriba del Estado Táchira.
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