Recibido el oficio DCM-1226-2006, emanado de la Dirección de Gestión Económica, Unidad de Catastro e Inmueble, en el cual se señaló que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurìas objeto de la presente solicitud, presentada por el (la) (los) (las) ciudadano (a) (s): YUSMELY DEL CARMEN CHACON YANEZ, titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Número (s). V- 15.143.699, es propiedad del Municipio, según documento registrado en la oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Federal, anotado bajo el Nro. 116,Folio 179, Protocolo 1ero. Principal, Tercer Trimestre de 1.939, de la "HACIENDA MAMO", el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO para asegurar la posesión o algún derecho que pudiera tener el (la) (los) (las) mencionado (a) (s) ciudadano (a) (s) de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.