Por todos los razonamiento antes; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano PABLO ALFREDO MUJICA, titular de la cédula de identidad N° V-14.767.562, de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 20-01-1978, hijo de Carmen Mújica (v) y de Padre Desconocido, domiciliado en Avenida San Martín, Edificio San Luís, piso 4, apto. N° 14, Caracas, Distrito Capital, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458, en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal, en virtud del cumplimiento definitivo y favorable del régimen de prueba que le fuere impuesto al penado PABLO ALFREDO MUJICA, en consecuencia se acuerda su LIB.....