este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, de los cónyuges MARÍA STELLA BARÓN DE MORALES y JOSÉ GREGORIO MORALES QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-18.091.878 y V-9.240.880, respectivamente, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y a la Decisión emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de junio de 2015. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos por ante en Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, estado Táchira, en fecha 06 de febrero de 1991, según consta de Acta de Matrimonio No. 37.