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Decisiones del dia 19/09/2012 |
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N° Expediente :
WP11-S-2012-000111
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N° Sentencia :
1173
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Fecha: 19/09/2012 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: CARLOS EDUARDO MADRID GONZALEZ CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A. |
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal).
De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
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Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
WP11-S-2012-000082
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N° Sentencia :
1168
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Fecha: 19/09/2012 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: JOSE ADELMO LINARES BAUTISTA CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A. |
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal).
De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
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Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
WP11-S-2012-000103
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N° Sentencia :
1171
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Fecha: 19/09/2012 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: ADRIAN JOSÉ ONTIVEROS SOLORZANO CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A. |
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal).
De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
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Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
WP11-S-2012-000079
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N° Sentencia :
1167
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Fecha: 19/09/2012 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: BENJAMIN MEJIA TURIZO CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A. |
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal).
De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
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Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
WP11-S-2012-000132
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N° Sentencia :
1176
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Fecha: 19/09/2012 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: LILO RAMON ORTEGA CASTRO CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A. |
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal).
De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
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Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
WP11-S-2012-000074
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N° Sentencia :
1166
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Fecha: 19/09/2012 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: GUSTAVO ADOLFO ALVARADO GONZALEZ CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A. |
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal).
De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por.....
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Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
WP11-S-2012-000139
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N° Sentencia :
1177
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Fecha: 19/09/2012 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: DANIEL EDUARDO ROJAS GASCON CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A. |
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal).
De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
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Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
WP11-S-2012-000063
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N° Sentencia :
1165
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Fecha: 19/09/2012 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: MAURICIO JOSÉ BRITO CEDEÑO CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A. |
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal).
De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
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Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
WP11-S-2012-000118
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N° Sentencia :
1174
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Fecha: 19/09/2012 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: EDWARD ENRIQUE DIAZ PÉREZ CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A. |
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal).
De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
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Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
WP11-S-2012-000092
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N° Sentencia :
1169
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Fecha: 19/09/2012 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: JHONY KEVIN HERNANDEZ CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A. |
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal).
De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
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Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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