Se declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS ajustada a derecho alegados por la parte accionante y en tal sentido: este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por EMERITA MORA CELIS, colombiana, identificada con la cédula N° E-84.484.818, contra HELIBERTO MARCANO PEÑARANDA, venezolano, titular de la cédula N° V-5.307.952, por PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES