DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declarar con lugar la solicitud formulada por el Ministerio Público y como consecuencia de ello, DESESTIMA la denuncia interpuesta por YARITZA QUINTERO en contra de la ciudadana ALEXANDRA PARALES "y su esposo", todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.