Este Tribunal declara UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS a las ciudadanas NINOSKA JOSEFINA CHINCHILLA BERMUDEZ y SOFIA CATALINA DEL VALLE FONT DE AURENTY, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 6.495.934 y V-3.566.063 respectivamente en su orden, respecto al De-Cujus OSCAR ANTONIO AURENTY FONT, ex titular de la identidad N° V- 3.887.605, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.