Acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio Circunscripcional en fecha 11 de agosto de 2004, mediante la cual condenó a los ciudadanos GERSTENBERGER JURI, de nacionalidad Alemana, natural de Alemania, donde nació en fecha 12 de diciembre de 1972, portador del pasaporte de la República de Alemania N° 4025907850, y MARSAL EUGEN de nacionalidad Alemana, natural de Alemania, donde nació en fecha 07 de febrero de 1979, portador del pasaporte de la República de Alemania N° 4025800515, a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma a OCHO AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código O.....