DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana CARMEN YOHANA GUERRERO COLMENARES, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad n° 18.721.694, contra el ciudadano FENG FUSONG, extranjero, mayor de edad, con cédula de identidad n° E-82.288.796 propietario del fondo de comercio PERFUMERÍA XCENTRICA, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, por lo que se condena a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad total de TRES MIL SETENTA Y SEIS CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 3.076,38)