Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a la ciudadana BETTY YAJAIRA SANABRIA ARENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.496.795, en su condición de concubina; el carácter de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De cujus MARINO ENRIQUE ROSALES VELASCO, quien falleció Ab Intestato