DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguido al ciudadano: IGNACIO YULDEN SINZA, venezolano, natural de La Guaira, Estado Vargas, de 48 años de edad, soltero, de profesión u oficio asistente de personal tres, laborando actualmente en el Aeropuerto Internacional de Maiquetía, residenciado en la Prolongación de la Soublette, colinas de Negro Primero, calle Boyacá, residencias Yánez, apartamento 01 y titular de la cédula de identidad Nº V-05090784, por EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL dada su prescripción, todo de conformidad con lo establecido en el numeral 3° del artículo 318 en concordancia con el numeral 8° del artículo 48, ambos .....