Por las razones y fundamentos de hecho y de derecho ya expuestos y analizados, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar el Divorcio por Ruptura Prolongada de la Vida en Común, de los cónyuges ORLANDO JESUS LUGO y NELLY ESPERANZA GARCIA DE LUGO, ambos ya suficientemente identificados en la presente decisión; todo de conformidad, con lo establecido en el Articulo 185-A del Código Civil Venezolano.
Queda Disuelto el Vinculo Matrimonial, que entre ellos fue contraído ante el Presidente del Concejo Municipal del Distrito, hoy Municipio Pedro María Ureña del estado Táchira, en fecha 08 de marzo de 1.988, tal como consta en el Acta de Matrimonio No.115.
Procédase a la liquidación de la Comunidad Conyugal, si hubiere lugar a esto, en la oportunidad de Ley.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Trib.....