JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TARNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, 20 de febrero de 2025.
Vista la diligencia de solicitud de medida inserta al folio (f. 09), suscrito por la abogada Rina Dayana Rey Araque, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 277.853, apoderada judicial del ciudadano Mauro Antonio Maldonado Morantes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.654.470, como parte demandante en la presente causa. Este Órgano Jurisdiccional hace las siguientes consideraciones:
En el ámbito de las medidas cautelares, está en la potestad del Juez de apreciar la existencia o no del derecho que se reclama, este juicio preliminar que hace el Juez, no ahonda sobre el fondo del problema sino se limita a verificar que estén llenos los extremos del artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, vale decir, que exista riesgo manifiesto.....