por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos ENRIQUE MEDINA GUERRA y SONIA COROMOTO MEDINA HURTADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-151.575 y V-10.160.211, respectivamente, contra el ciudadano AGUSTÍN MESA LEAL, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.066.289 de este domicilio. En consecuencia se condena a la parte demandada a:
ÚNICO: hacer entrega a la parte demandante del inmueble objeto del contrato de arrendamiento, ubicado en la esquina de la calle 16, entre carreras 12 y 13, La Romera, San Cristóbal, Estado Táchira, libre de personas y bienes y solvente en el pago de los servicios públicos, totalmente desocupado de personas y cosas, solvente de todos los servicios públicos, cuando haya vencido el lapso de los seis (06) meses establecidos en el parágrafo primero del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, el cual comenzará a correr una vez quede defi.....