PRIMERO: Se Fija la cuota ordinaria por concepto de Obligación de Manutención en la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES, (Bs. 500,oo) mensuales y para los meses de Septiembre y Diciembre una cuota extraordinaria, por gastos escolares y decembrinos en la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES, (Bs. 500,oo), es decir, la suma de Un Mil Bolívares ( Bs.1.000,oo) en dichos meses.
SEGUNDO: Dichos montos deberán ser depositados los cinco primeros días de cada mes en la Cuenta Bancaria aperturada a tales efectos a nombre de la ciudadana GELEN AIDDA FERNÁNDEZ, ya identificada.