Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y doctrinarios antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 y 257 de nuestra Carta Magna, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Demanda que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por Vencimiento de la Prórroga Legal interpuso ante este Juzgado el ciudadano LEONARDO LUIS AMADO MORA con el carácter de Arrendador, asistido y luego representado por la profesional del derecho María Eugenia Amado Velandia, en contra del ciudadano VICTOR JULIO VELANDIA PRATO con el carácter de Arrendatario, asistido por el abogado en ejercicio de su profesión César Martín Castillo Merchán, ambas partes suficientemente identificadas en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada VICTOR JULIO VELANDIA PRATO, entregar materialmente a la parte demandante L.....