En este estado el Tribunal visto el convenio realizado entre las partes acuerda Suspender la presente ejecución en el día de hoy, debiendo la parte ejecutante informar mediante diligencia a este Tribunal Ejecutor sobre el cumplimiento o no de lo aquí pautado, a los fines de remitir la presente comisión al Tribunal de la Causa o fijar nueva oportunidad para el traslado de este Tribunal en caso de incumplimiento, todo de conformidad con lo establecido en el Articulo 525 del Código de Procedimiento Civil