Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a la acusada CARMEN YOHANA CHACON GUERRERO, de nacionalidad venezolana, nacida en fecha 30-04-1978, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.351.557, de ocupación u oficio camarera, de estado civil soltera, residenciada en la Tinta vía el Guayabal casa s/n San Cristóbal, teléfono 0426-7795799, y a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previstos y sancionados en el artículos 416 del Código Penal Venezolano. A tal efecto SE ORDENA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN a los organismos competentes, a los efectos que materialicen la orden aquí acordada y una vez aprehendida la imputada, será puesta a la orden .....