Este Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia y en atención al artículo 379 del Código de Procedimiento Civil, anteriormente transcrito, NIEGA la admisión de la tercería interpuesta por la ciudadana LUZ ALBA SANCHEZ BARAJAS, colombiana, mayor de edad, soltera, manicurista, titular de la cédula de identidad N° E-81.856.725 y de este domicilio, asistida del abogado JUSTO ANDRES CABEZA ESPINEL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.111. Así se decide.