DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Actuando en Sede Administrativa; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE, la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por el profesional del derecho ANTONIO RAMOS GASPAR, en su carácter de Apoderado Judicial de la entidad de trabajo PANADERÍA PASTELERÍA MONTAÑA ALTA DEL LITORAL 2021 C.A., en contra del auto de fecha cinco (05) de febrero de dos mil trece (2013), emitido por la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas, mediante el cual impone multa 164 días hábiles en rebeldía por incumplir con la Providencia Administrativa Nº 281/10, dictada por el Inspector del Trabajo del estado Vargas.
SEGUNDO: SE SUSPENDE LOS EFECTOS JURÍDICOS del auto indicado en el particular primero, cursante en el folio cuar.....