Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Yadira Moros Rivera, en su carácter de defensora del penado José Bastos Carrillo.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada y publicada en fecha 29 de julio de 2015, por el Abogado Ciro Heraclio Chacón, en su condición de Juez del Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución número 02, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de régimen abierto, al referido penado, de conformidad con lo previsto en el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal vigente.