En razón de los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público y en consecuencia DECRETA SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, con lo cual queda extinguida la acción, a favor de los adolescentes 1.- (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); 2.- (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA). 3.- (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), 4.- (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), 5.- (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), de quienes se ignoran más datos de identificación, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto en el artículo 451 del Código Penal, en perjuicio de C.....