PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 25.000,00), suma que constituye la diferencia pendiente a favor del accionante, por los conceptos reclamados derivados de la terminación de la relación laboral que existió entre las partes y que la parte demandada se compromete a pagar de la siguiente forma: La cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. 10.000,00) el día 30 de julio de 2009; la cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. 10.000,00) el día 31 de agosto de 2009 y el tercer y último pago por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. 5.000,00), para el 16 de septiembre de 2009, pagos que serán efectuados por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de esta Coordinación Laboral, excepto el pago fijado para el día 31 de agosto de 2009 que será efectuado por ante el Ministerio del Trabajo. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de.....