En mérito de las anteriores consideraciones, es por lo que este Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: DECLARA CON LUGAR la RECONVENCION EN DIVORCIO presentada por la ciudadana: YOELIS MARILINY LOASIA RIVAS, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula N° V-17.369.952, en contra del ciudadano: ARMANDO JAVIER VIVAS VELAZCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.665.461.
En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial contraído por ellos, en acto celebrado en fecha: (04) de noviembre de 2011, por ante el la Primera Autoridad Civil del Municipio Guasimos del Estado Táchira según acta de matrimonio N° 280, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185, ordinal 2° del Código Civil, es decir por ABAND.....