Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio y por consiguiente disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos EDGAR EDUARDO BLEQUETT CONTRERAS Y NANCY YAMILET CELADA DE BLEQUETT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.569.746 y V-7.992.271 respectivamente, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador, Del Distrito Capital, en fecha 30 de marzo del 2000, asentada bajo el Acta N°50, del Libro de Registro Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador, del Distrito Capital.
Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certifica.....