PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía Decimonovena (A) del Ministerio Público, en la aprehensión del adolescente (OMITIDO); por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO BREVE, previsto en el artículo 6 de la Ley Contra el Secuestro y extorsión, ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, establecido en el artículo 470 del Código penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO previsto en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Beatriz Elena Zabala Hernández y el orden público; por considerar que se encuentran llenos los extremos previstos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR EL PEDIMENTO DE LA FISCALÍA DECIMONOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO, a lo cual se adhirió la defensa, .....