DECISION
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la SOCIEDAD MERCANTIL INMOBILIARIA RACÓN C.A., en contra del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
SEGUNDO: SE DECLARA NULA LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 009-2005, proferida por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, en fecha 18 de noviembre de 2005, así como la planilla de liquidación emitida al efecto.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, por ser el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales un ente de carácter público eximido de las mismas conforme a las prerrogativas procesales que le son aplicables.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificad.....