DISPOSITIVA
         Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensa, en el sentido de que le sea impuesta a su defendido TORRES VASQUEZ WILLIAM,  titular de la cédula de identidad N° 5.097.473, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, nacido el 28-09-1955, de 54 años de edad, Estado civil: Soltero, profesión u oficio : Albañil, medidas cautelares sustitutivas de libertad, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 250 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
        Regístrese, diaricese y déjese copia.
LA JUEZ  PRIMERO DE CONTROL
Dra. KARIN P. MENDEZ M.
					                                       
    EL   SECRETARIO
					ABG. YORDENIS ZAMORA
En esta misma fecha se da cumplimiento a .....