En consecuencia, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: ACORDAR la solicitud de de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad por otra menos gravosa contenida en los numerales 3| y 5° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, Como lo son presentaciones periódicas cada ocho (08) días ante la sede de este Circuito Judicial Penal y Prohibición de acercarse al lugar donde sucedieron los hechos, por los cuales fueron aprehendidos los imputados de autos. Ciudadanos: YERALD BIRD REYES, como queda escrito, de nacionalidad Venezolano, Natural de La Guaira, fecha de nacimiento 24/08/1974, de 32 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V-12.164.809, de profesión Obrero, hijo de Tommy Bird (F) y Deli Maria Reyes (V), residenciado en: Paria.....