De conformidad con lo solicitado por los cónyuges, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS por mutuo consentimiento de los cónyuges ciudadanos PAULA MARLENE NIETO BLANCO Y OSCAR ALVAREZ RESTREPO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.133.765 y V-15.232.095 en su orden; la cual se regirá de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación.