ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO DOS, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE:
PRIMERO: Se NIEGA la solicitud de la Defensora Abogada. CAROLYN GUERRERO DÍAZ, en su carácter de defensora de la ciudadana CONSTANZA DEL PILAR CIRO MARTÍNEZ. La imputada deberá cumplir con lo requerido por este Tribunal, en razón de las condiciones previstas para la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Preventiva de la Libertad que le fuera otorgada.
SEGUNDO: Se mantiene la decisión tal como fue acordada por este Tribunal en fecha 30-09-2004.
Notifíquense a las partes, déjese copia, y regístrese
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
Abg. HÉCTOR EMIRO CASTILLO GONZÁLEZ
El Secretario
Abog. Héctor Ochoa