En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, considera desistido el procedimiento y se: SE DECLARA EXTINGUIDA la instancia, de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Ciérrese el presente caso. Archívese el expediente, y remítase a los archivos judiciales en su oportunidad. Cúmplase lo ordenado.-