CAPÍTULO VI. Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana: MARIA EMMA VILLAMIZAR LIZARAZO, por Nulidad de Contrato de Venta, con pacto de Retracto Convencional, asistida por el Abogado JOSÉ MARCELINO SÁNCHEZ VARGAS, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.687.468, con inpreabogado Nro. 31.082; contra el ciudadano. ADÁN VARGAS CORREA, titular de la cédula de residente Nro. E- 81.639.931, domiciliado en la carrera 8 Nro. 3-89 de El Piñal, capital del Municipio autónomo Monseñor Fernández Feo del Estado Táchira, representado por su apoderado judicial Abogado JOSÉ JERSON LEAL, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.205.430, con inpreabogado Nro. 57.171, en consecuencia se declara la nulidad absoluta de.....