esta Jueza Unipersonal Nº 03 del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana SANDRA GISELA ZAMBRANO BARBOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.499.252, para que en representación de sus hijos: adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), venezolano, de doce (12) años de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 25.843.011, niño (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), de nueve (09) años de edad, identificado con partida de nacimiento N° 130, de fecha 14 de julio de 1999, inserta por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Amenodoro Rangel Lamus del Municipio Cardenas y del niño (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), de cuatro (04) años de edad, identificada con partida de nacimiento N° 1.....